viernes, 6 de junio de 2014

El acceso a la información pública en Argentina

12° Aniversario de Radio La Red La Rioja
Jornadas de Periodismo con responsabilidad social
La Rioja, 29 de Mayo de 2014

Conferencia del abogado constitucionalista, ex juez federal de Córdoba y Consultor especial honorario del Programa de Monitoreo de la Libertad de Expresión del Foro de Periodismo Argentino (FOPEA), Dr. Miguel Julio Rodriguez Villafañe sobre:

Transparencia gubernamental y Acceso a la Información Pública

         El acceso a la información pública posee muchos perfiles, que no siempre son trabajados ni estudiados en lo que tienen de importancia. Hay información pública que está y no se ve;  hay información que se ve y no se informa sobre ella e información pública que no se da o es difícil de encontrar.

Cuando hay información que no podemos encontrar

         Acabo de ver esta noche en televisión al jefe de gabinete, Jorge Capitanich,  y dice que el país puede respirar tranquilo porque se arregló cómo pagar una deuda externa con el Club de París. Pero en el tema, los medios de difusión no han analizado, en profundidad, con quién estamos negociando y lo que arreglamos con el llamado Club de París, no existe una información desagregada, tampoco hay  acceso a la documentación probatoria de las acreencias que se reconoce a individuos, empresas y/o países reclamantes. Asimismo, hay que reparar en el tema de que los países tenemos estructura jurídica. Hay un lugar, un responsable.  El Club de París es una ficción, no existe como persona jurídica. No es como la OEA, la ONU u otros organismos internacionales. Es un nombre de ficción. Es un grupo de acreedores que se han juntado y deciden el destino de un país y especialmente, un tema como la deuda externa, que es una problemática acerca de la que menos información pública se ha hecho conocer, salvo que hay que pagar y cantidades muy significativas.
         Aún más, muchos de los documentos de deuda externa que ha firmado Argentina son replica de los que yo vi, en los firmados con el Ecuador, que tienen cláusulas de secretismo. Y hay una muy graciosa, en un documento ecuatoriano, que dice que ese acuerdo de deuda externa de dicho país solo se puede hacer conocer un tiempo después de que muera el último descendiente del embajador norteamericano en Ecuador, en ese momento, un tal Kennedy. Cabe reparar que dicho embajador tenía 12 hijos. ¡Imagínense cuándo se iba a dar la posibilidad de dar a conocer nada menos que la información de la deuda externa de un país!
         A veces me llama la atención que una problemática tan significativa para el futuro de los argentinos, como es la deuda externa, resulta que es uno de los temas menos consultados por los medios de difusión, sobre el fondo de la temática. Yo no digo que no vamos a pagar si correspondiera, pero antes hay que saber ¿qué es lo que se va a pagar?, si es cierto que entró el dinero, ¿cuánto recibió y en qué condiciones?, ¿en qué se lo usó? Y bueno, ahora hay que pagar, pero ¿y dónde está la plata? ¿Qué se hizo con la plata? ¿Bajo qué condiciones se paga? ¿Y la deuda externa ilegítima? Esa es una información que no se tiene y a veces condiciona a todos, mucho más de lo que uno cree o se informa al respecto. Uds. tienen que saber que en una hora, debemos un millón de dólares más de intereses de deuda externa. Nosotros estamos pagando aproximadamente 8.000 millones de dólares por año, sólo por intereses de la deuda externa.
         En la problemática se hace aparecer que el tema está solucionado y no es verdad. Debemos más de 200.000 millones de dólares de deuda externa. Por su parte, la lógica de la usura internacional no es que se pague, sino que sigamos debiendo.
         Quise traer un tema de hoy, es decir, ver qué es el Club de París, cuáles son los países que lo integran, a quiénes les debemos: ¿bancos, países? Recuerden que Axell Kicillof fue en enero de 2014 al Club de París, se le bajó línea, vino y devaluó y eso fue instrucción del Club de París. Y en ningún medio, en general, se da una información desmenuzada al respecto para que la ciudadanía tenga un cabal conocimiento de algo que la afecta tanto. Y eso sí que es información pública que nos atañe a todos y sobre la que poco se habla o se maneja para especialistas y no para la sociedad en general. En definitiva, del acuerdo con el Club de París de fines de mayo de 2014 no se desagregan a quienes se paga y ¿por qué se llega al monto de los 9.700 millones de dólares, que se ha comprometido pagar?

¿De dónde vienen los capitales?

Y ese tema es uno de los que yo denuncié, como amicus curiae, en las audiencias públicas sobre el caso del amparo del Grupo Clarín, en la Corte Suprema de Justicia, cuando ellos sostenían que no hay posibilidad de buena información si no hay medios económicamente muy fuertes. Si bien es cierto que para tener un medio hay que tener mínimamente un capital, el presupuesto de que sea muy fuerte el capital y con lógica monopólica es peligrosísimo. Y además, depende de quiénes vienen los capitales. Yo les daba un ejemplo: que un accionista dueño del 18 % del capital del Grupo Clarín era nada menos que el Banco norteamericano Goldman Sachs. Este banco ha tenido mucho que ver con la deuda externa argentina. Repárese que el Banco Goldman Sachs intervino, en junio del año 2000, en un muy perjudicial canje de bonos Brady que tenía el Estado Argentino. Luego, aplaudió el llamado “Blindaje Financiero”. De igual manera, después, apoyó y acompañó, activamente, el denominado “Megacanje” de deuda externa argentina. Más el “Megacanje” agigantó la deuda externa argentina, cuyos mentores y ejecutores fueron procesados penalmente por la justicia federal, con motivo de dicha operación[1]. Hay que agregar que el Goldman Sachs era un banco que de su seno salían muchos de los hombres que decidían los aspectos centrales de la política económica y financiera de los Estados Unidos[2]. A fines del año 2002, Eliot Spitzer, fiscal general del estado de Nueva York, dirigió la investigación de las autoridades estatales y federales en contra de defraudaciones efectuadas por diversas entidades bancarias que engañaron a los inversores con informes de investigación tendenciosos. Se logró así que fuera multado el Banco Goldman Sachs Group Inc., con 110 millones de dólares. Mientras tanto, el 16 de abril de 2010, la Comisión del Mercado de Valores de Estados Unidos (U.S. Securities and Exchange Commission- SEC) acusó a Goldman Sachs de fraude. Se sostuvo que tenía responsabilidad de haber creado y vendido productos vinculados al negocio de hipotecas que causaron pérdidas por más de mil millones de dólares a inversores tentados por ganancias especulativas, en base a “información distorsionada”. Fueron esos derivados los que, precisamente, dispararon el problema de la llamada "burbuja inmobiliaria", que llevó a una crisis financiera global. Los intereses del grupo movieron influencias tremendas para no quedar incriminado, no obstante ello, en julio del año 2010, el banco Goldman Sachs debió pagar quinientos cincuenta millones de dólares (U$S 550.000.000) de multa para poner fin a la demanda en su contra, presentada por la SEC. Se trató de la mayor multa cobrada a una entidad financiera por parte de la SEC en su historia. A su vez, Goldman Sachs tuvo que reconocer en el acuerdo al que se arribó,  formalmente, que dio “información incompleta” a sus clientes. A lo ya dicho, hay que agregar que, el Financial Services Authority (FSA), ente regulador financiero de Gran Bretaña, impuso el 09/09/10 una multa de 17,5 millones de libras (21 millones de euros) al banco estadounidense Goldman Sachs, por haber incumplido su deber de informar sobre acusaciones de fraude que pesaban sobre él en Estados Unidos, labradas por la autoridad bursátil de dicho país (Securities and Exchange Commission -SEC-).
En consecuencia, ¿Qué tipo de confiabilidad se podía o puede tener en la información que dicho banco brindaba y brinda, en los medios que le pertenecían y pertenecen, en distintas proporciones (18%), respecto de las operaciones en las que tenía o tiene intereses en Argentina? Entonces no es inocente a veces que determinada información de deuda pública, de manejo usurario de determinadas cuestiones bancarias, tuviera un cierto secretismo periodístico.
Asimismo, en muchos aspectos, el tema de los bancos y sus dinámicas no se ha informado lo suficiente. A mí me pasó, en los años 90, que quería publicar unas notas sobre violación a los DDHH en los bancos y los medios. Los medios me trataban con mucho afecto, pero me decían que preferían no publicar el tema, ya que eran deudores de los bancos o que los bancos pautaban dos páginas por semana. Todo lo que hacía que muchas cosas graves que estaban ocurriendo en el ámbito bancario no se dieran a conocer a la opinión pública. Tal es el caso de lo que sucedió con la imposición de los cajeros automáticos en los bancos, que se hizo sin período de aprestamiento y con desigualdades no aceptables. Yo tenía en ese entonces mi madre, que tenía 80 años, y ella me decía ‘hijo, yo no voy a usar más los cajeros automáticos’ porque los números de la tarjeta eran chicos, le costaba teclear, tardaba en contar la plata que le entregaba el cajero, etc. Imagínense, en la cola que se formaba, con particular mal humor de los que esperaban su turno. Ante esta situación difícil, en una verdadera discriminación, especialmente con los ancianos, si se usaba en vez del cajero automático el servicio del cajero humano, se le cobraba un dólar o peso por operación que realizara. O sea, se pagaba el agua era un dólar, se abonaba a su vez la luz, otro peso o dólar y así, por cada operación que se realizara.  Pero el tema no se habló por los medios de difusión y en los que pude denunciar el tema, se me pidió que no diera el nombre del banco que se tratara. Mientras tanto, el dinero que por ese concepto ingresaba a los bancos era enorme y el Banco Central de la República Argentina, que es el órgano de control de la actividad bancaria, no dijo nada en ese tema.
Lo referido es para se que vea que hay muchas cosas que son información pública y de interés general importante que, en general, no se comentan como se debería y que tienen que ver con el bien común, por otros intereses, que incluso a veces van más allá del Estado y su información a brindar.

Hay que controlar al Estado, pero a la vez represtigiarlo

Desde otro punto de vista, es importante controlar al Estado. Tenemos que vigilarlo, pero a su vez, tenemos que represtigiarlo. Porque, en nuestro país, especialmente,  se ha logrado demostrar lo corrupto que puede ser el Estado y algunos de los gobernantes y funcionarios, lo que es cierto, pero, con alguna visión particular, se buscó que el Estado desaparezca. Lo que trae que el pueblo se retraiga respecto de su compromiso institucional y debilitamos las únicas estructuras con capacidad de enfrentar y controlar a las multinacionales u otras estructuras dado que sólo el Estado tiene escala para ello.
En definitiva, la información pública tiene dos perfiles: Yo necesito tener información pero también necesito tener un compromiso, tanto para criticar como para valorar lo que se hace, porque hay cosas que se hacen bien en el Estado, que deben valorarse. Tenemos el deber moral de hablar de lo que se está haciendo bien y criticar lo que se está haciendo mal, pero fundamentalmente evitar retraer a la sociedad de la responsabilidad de construir Estados nacional, provinciales y municipales, con presencia social, para que dichos Estados puedan controlar a los grandes grupos económicos, en especial a las empresas multinacionales, para que no nos condicionen.

El acceso a la información pública como Derecho Humano

A su vez, cabe significar a su vez, que el acceso a la información pública es fundamental y un derecho humano. En este aspecto, la Constitución de la provincia de La Rioja, en el artículo 3, establece que: “El Estado Provincial garantiza, a través de todos sus actos, el logro de la democracia participativa en lo económico, político, social y cultural. La actividad de todos los órganos del Poder Público está sujeta a los principios republicanos, en particular a la publicidad de los actos, legalidad de las acciones de los funcionarios, periodicidad de las funciones y efectiva rendición de cuentas.
Es tan importante la transparencia pública que, en su momento, la Universidad de Harvard, de Estados Unidos, estableció que la fórmula de la corrupción está compuesta por “Monopolio”, es decir son pocos los que toman la decisión, si a su vez se le suma la “Discrecionalidad”, o sea sobre que somos pocos no lo hacemos con criterios objetivos, y hay con menos “Transparencia”. De esa manera tenemos la fórmula de la corrupción (C=M+D-T). O sea, la corrupción se concreta con facilidad, cuando unos Pocos, deciden de manera Discrecional y sin Transparencia. Por eso, cualquier avance que se quiera hacer para combatir la corrupción, hay que alterar los términos de esta fórmula en su conjugación. Por ejemplo, si hay pocos que deciden, que no sea discrecional; si es discrecional, que haya transparencia, etc. Por eso es que la transparencia es central en el análisis de la fórmula de la corrupción. Si nosotros no trabajamos la variable de la transparencia es difícil que se rompa la fórmula de la corrupción.
En los últimos tiempos, se ha tenido que avanzar en la conceptualización de los criterios de la publicidad de los actos de gobierno. En el siglo XIX y gran parte del siglo XX se entendía en general por publicidad dar a conocer lo que ya el Estado había hecho, o sea el resultado final. Es decir, se publicitaba la ley ya sancionada, el decreto que había salido o la sentencia que el Poder Judicial daba. Indudablemente con un avance de la civilización democrática eso no alcanza, la sociedad no solamente quiere saber la ley que sale, sino cómo se gestó, qué intereses estaban en juego, qué postura se tuvo ante esa ley. También se desea conocer la sentencia, pero a su vez, ¿Cómo fue el juicio?, ¿Qué prueba se tuvo en cuenta?, etc. La necesidad de esa información cada vez es más importante. Y en estos aspectos, se da una problemática que roza la situación actual de la provincia de La Rioja pero que, lamentablemente, también se da de diversas maneras en otros lugares del país, como es el tema de la publicidad de la propia ley y los modos de hacerlo. En un momento en el que se busca la máxima publicidad de lo público y de una manera más accesible para todos, resulta grave que el gobierno de la Provincia de La Rioja haya decidido sacar de Internet el Boletín Oficial provincial.
La gravedad del hecho radica, no sólo que complejiza el acceso a la información pública que implica el Boletín Oficial, sino que afecta la esencia del Estado de Derecho. Este último se define como tal porque se supone que se puede prever el accionar jurídico del Estado. Cuando hay una tiranía no se puede prever lo que se impone. El Estado de Derecho que se quiere alcanzar en una democracia republicana tiene que se previsible el accionar estatal y conocer la norma, para saber lo prohibido y lo permitido.

No se puede argumentar desconocimiento de la ley

A lo anteriormente señalado hay que agregar que en el ámbito del derecho hay dos tipos de presunciones: la presunción “jure et de jure” y la presunción “jure tantum”. La presunción “jure tantum” son aquellas que admiten prueba en contrario. Por ejemplo, de un hijo nacido en un matrimonio se presupone que el padre es el esposo de la madre, pero es una presunción que admite prueba en contrario. Mientras que la presunción “jure et de jure”, no admite prueba en contrario. Esto es así, nos guste o no. Un ejemplo concreto de esto es que el desconocimiento del derecho no es causal de justificación para no cumplirlo, porque se supone el derecho conocido por todos. Cuando se publicó la ley a los ocho  días rige, (si en la misma no se pone otro plazo) y  las personas no pueden demostrar que no lo conocían. Dado el efecto jurídico que tiene esto, la contracara de esta realidad es la necesidad y deber imperioso de parte del Estado de facilitar la información al ciudadano. Si le voy a imponer una ley y está obligado a conocerla, como contrapartida, el Estado tiene que facilitar el acceso. El acceso adecuado es fundamental.
Hasta este momento se ha hecho a través de lo más aburrido que existe: el Boletín Oficial soporte papel. Yo no  le deseo a nadie tener que leerlo, pero a veces es una tarea de los periodistas y de quienes tienen que aplicar la ley. Pero a su vez, ya sabemos que ese tipo de medio de información es obsoleto, para el avance de la tecnología de la información y la comunicación existente. El Boletín Oficial en soporte papel, además, tiene el inconveniente que tenerlo no garantiza luego las reformas que pudieran darse con posterioridad la norma que se lee en el mismo. Por lo tanto, el problema para las personas es saber que rige de la norma.

La información pública debe ser accesible para todos

Todos tenemos que acceder de manera fácil, rápida y gratuita a las normas.
Hay que poner la información accesible al ciudadano. Pero hay también un concepto importante en el caso de La Rioja: es que la Corte Interamericana de DDHH ha dicho que el acceso a la información pública es un derecho humano. Y, el que tiene la información tiene una ventaja tremenda en relación a quien no la tiene. Por eso la idea es ir avanzando en la accesibilidad de las personas a toda la información gubernamental. Y el hecho de que ya en la Provincia de La Rioja haya estado en Internet, no se puede volver atrás. El principio del DDHH es  el de la “progresividad de los derechos humanos”, manda a que lo que se avanza no se puede retroceder. Esto significan que, por ejemplo, si todo el mundo quiere tener agua corriente, por supuesto es duro quienes no la tienen, pero una vez que se hizo la red de distribución de agua, ésta no se puede cortar por un enfrentamiento entre el Estado y el prestador. Cuando ya se avanzó, no se puede retroceder.  Por lo que, si en La Rioja la información pública del Boletín Oficial ya estuvo en Internet, no se lo puede sacar, debe continuar porque esto hace a la necesidad de acceder de la mejor forma al derecho humano de los ciudadanos de la información pública.
Asimismo, Internet facilita la libertad de expresión, el derecho a la información y la democracia al permitir el diálogo interactivo, toda vez que los ciudadanos pueden tanto acceder a la información pública como ser consultados en el proceso de toma de decisiones. Internet se ha convertido en un espacio para el ejercicio de la libertad de expresión y para ampliar los medios para la participación en la vida democrática. Por lo que es fundamental que vuelva a estar en Internet el Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja.
Por otra parte, cabe señalar que el Boletín Oficial de la Nación es gratis el día que sale y se sube a Internet, pero no puede ver nada para atrás, para ello se tiene que pagar. Esto último es inconstitucional. Pero en este país, en el que se logran atajos, lo cierto es que si uno ingresa a través del lugar del Ministerio de Economía denominado “www.infoleg.gov.ar”,  el acceso al Boletín Oficial y toda su información para el pasado y demás datos es ofrecido gratis.
El no facilitar la información pública termina siendo una forma también de discriminar a los más grande a los débiles, porque los poderosos  siempre han accedido a la información estatal, por derecha o por izquierda, comprándola o coimeando.  El problema es empoderar a los más débiles. Y a los más débiles son los que más se les complica acceder a la información trascendente que tiene que ver con sus propias necesidades.

Situación dispar de las leyes de acceso a la información pública en Argentina

                   Argentina no cuenta, a nivel nacional, con una ley de acceso a la información pública.
                   Un importante número de provincias tampoco tienen normas de acceso y a su vez, salvo alguna excepción, la calidad técnica de las que existen distan mucho de ser adecuadas, acordes a las necesidades de una política de transparencia estatal seria[3].
                   También hay de igual forma algunas normas de transparencia informativa a nivel municipal. Cabe mencionar al respecto, a la Ciudad de Ushuaia de la Provincia de Ushuaia, Antártida e Islas del Atlántico Sur, la ciudad de Rafaela en la Provincia de Santa Fe, Loreto en la Provincia de Misiones y los municipios de Cañuelas, Tres Arroyos y General Pueyrredón en la Provincia de Buenos Aires.
                   No hay República sin publicidad de los actos de gobierno, ni Democracia sin acceso a la verdad integralmente.
                   Sin embargo, hay una tendencia a avanzar en el tema positivamente en Argentina, al punto tal que, la nueva constitución de la Provincia de Corrientes del año 2007, establece que “Todos los actos de gobierno deben ser publicados en la forma que la ley determine, especialmente aquellos relacionados con la percepción e inversión de los fondos públicos, y con la enajenación y afectación de bienes pertenecientes al Estado Provincial y a las Municipalidades. Además de su publicación en el Boletín Oficial, las autoridades competentes están obligadas a difundirlos a través de los medios masivos de comunicación e información, garantizando al ciudadano el acceso al conocimiento de los mismos de manera oportuna, actualizada, completa y gratuita”, (art. 21).
                   El mundo de hoy es el mundo de la información. Uno de los temas que se discutían, en relación a la Ley 26522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, era la mayor discriminación que existía en el país, en el acceso a la televisión gratuita. Antes del año 2009, solamente había unas 12 localidades que tenían acceso a más de una oferta de TV gratuita y en muchos lugares accedían a una, más podríamos decir que, prácticamente, la mitad del territorio argentino no tenía acceso a la televisión gratuita. Todo lo que implicaba que solo aquellos que podían pagar la TV por cable o digital estaban en condiciones de ver televisión. Imagínense lo grave que era eso frente a una tecnología imprescindible para incorporarse al mundo actual.  Hoy día quien no tiene internet, quien no puede acceder a medios audiovisuales, es prácticamente un minusválido social, porque el acceder a ellos es fundamental para cuestiones esenciales para cada persona o pueblo.
El acceso a los medios es tan importante, que recuerdo que, cuando yo era juez federal electoral de Córdoba, trataba de ubicar las mesas electorales lo más cerca posible de la gente, para que no estén dependiendo del caudillo de turno que los lleven al lugar de votación o sea que el acto de votar sea una decisión voluntaria de la persona y no una manipulación partidista. Una vez hicimos una reunión cerca del cerro Champaquí, en la escuela “Ceferino Namuncurá” y estaba con nosotros el representante del proyecto de la caja PAN, (Plan Alimentario Nacional), entre otros representantes políticos y ciudadanos. Cuando terminamos la reunión, un hombre levanta la mano y pide hacer una pregunta: “Ud. sabe que la caja con alimentos que nos entrega viene incompleta”. Yo pensaba “le faltará carne, otros alimentos, etc”. El lugareño agregó, “¿Sabe por qué está incompleta?, porque en ella ¡no vienen pilas! En mi rancho no tengo luz y si no vienen pilas, me cuesta conseguirlas y son caras y por ello no puedo escuchar la radio y si no puedo oír a la radio, no sé qué está pasando”. Fíjense la importancia del concepto de acceso a la información como alimento. Quien no accede a la información, es como si se quedara con menos alimento. En el campo eran más importante las pilas que la carne, porque siempre habrá un cabrito para tirar al asador, pero las pilas son escasas. Es decir, si nosotros no facilitamos métodos comunicativos acordes a la realidad, generamos sectores con minusvalía social.
Ahora bien, venimos de un país en el que la información no ha sido su norte. Me cuesta explicar en el exterior que en Argentina, hasta que salió la Ley 26.134 del año 2006, teníamos 141 leyes secretas, incluso algunas con estupideces como la compra de vajilla para la Quinta Presidencial o para regalarle caballos al presidente de Bolivia. Lo cual habla de toda una cultura del secretismo.
A lo dicho debemos sumar que nosotros, normalmente, para hablar de acceso a la información pública nos referimos al Poder Ejecutivo, pero no hay que descuidar que también se debe conocer del Poder Legislativo y del Poder Judicial.
Por ejemplo, una de las malas técnicas legislativas, que desinforman, se da cuando se dice en la ley “esta ley deroga todas las leyes que se le oponen” y no aclara a las leyes se refieren como derogadas. Imagínense luego, en los hechos, podría estar aplicándose una ley derogada por la nueva ley, porque no se ha hecho el cruzamiento con las derogadas, por pereza de nuestros legisladores y ser poco claro lo derogado.
En este aspecto ha sido importante lo que dispuso la ley 24.967, que determinó la necesidad de generar el Digesto Argentino, porque llegamos a tener unas 33.000 normas, de las cuales sólo 3.000, el 10%, son las que rigen. Miren lo complejo que es el tema de la legalidad vigente, que incluso para personas técnicas, como abogados, cuesta dar una respuesta certera sobre las leyes vigentes, por esta inflación regulatoria poco clara que existe en el país. A su vez, de las 3.000 que rigen, el 50% son pactos internacionales. Es decir que el país, sólo a nivel nacional, más o menos funciona con 1.500 normas y sin embargo tenemos 33.000, más allá de los decretos y las normas que dictan cada repartición particular. Esto habla de cómo nos ha costado avanzar en una cultura de transparencia republicana, incluso desde lo normativo.
Cabe referir también que la falta de transparencia tiene que ver con nuestros antecedentes históricos. En los períodos de facto era preferible no saber o saber demasiado, porque eso podía costar la vida o complicaciones que nadie quiere. También está lógica de, “prefiero no saber, a saber y que no pase nada”. El ciudadano argentino tiene una verdadera desilusión operante en este sentido. La democracia ha traído, como nunca, mucha buena investigación periodística y social. Pero a veces la moraleja es que nunca ha habido tanta evidencia de cosas que se deben investigar por el Poder Judicial y que, en gran medida, pasa nada. Ojalá que se investigue, pero que la moraleja sea que lo capturaron, procesaron y tuvo una sanción en derecho. No que tengamos muy buenas investigaciones, muy bien documentadas, y en los hechos, la realidad nos demuestra que hay una gran impunidad.
Hay a veces, también, una lógica mediática con una complicidad implícita. Los gobiernos militares tenían un criterio pésimo en materia de manejo de la información; los militares, en la duda, ocultaban y eso operaba como una caldera, porque en algún momento cuando explotaba se volvía inmanejable.
Después, en la democracia, más que transparentar en términos de buscar la solución, muchas veces se destapaba para que no pase nada. Como lo mediático necesita que algo aparezca hoy, se desarrolle y termine en no más de una semana, porque se está en otro tema, en muchos casos se ha dado que hay una sobresaturación de un tema, en una semana se arma la ola mediática, después desaparece y en realidad empieza a verse una especie de indulto social por desaparición en los medios. Por eso es muy importante el periodismo de seguimiento, porque cuando el caso desaparece de los medios, trae una impunidad en los hechos muy grande. Además de la desconfianza que la gente en general tiene en la ley.
Hay que reparar que, que el dicho “hecha la ley, hecha la trampa” era y es una realidad peligrosa en el país, la que se vuelve más grave, cuando “la ley es la trampa”. Y nosotros estamos muy acostumbrados, no digo a sentirnos felices con eso, pero sí a aceptar, a veces, que el estado juegue tramposamente. Si uno tiene una deuda con el AFIP, viene el Estado y te ataca duramente con los intereses y multa. Pero si se reclama algo al Estado, dice que está en “emergencia económica” y no deja caminos legales para ejecutarlo por deudas, tal es el caso de lo que pasa con las injusticias que viven los jubilados y sus jubilaciones mal liquidadas. Esto demuestra cómo el Estado, que juega con ventajas indebidas, puede ir en contra de la sociedad o del ciudadano, de manera que rompe el equilibrio que debe haber entre los derechos.

Condiciones del acceso a la información pública

El acceso a la información pública es fundamental, cada vez más, en una sociedad moderna, donde ya no es que se necesite tener información, sino que ésta debe ser oportuna, en la cantidad necesaria, detallada, entendible y brindada de manera equitativa. Si la tengo un mes después, casi ya no importa en algunos casos. Y eso tiene mucho que ver con el acceder justamente a través de sistemas eficaces. Y hoy no se puede pensar que no se permita acceder por métodos libres, gratuitos y de posibilidad de conocer con prontitud la información pública. Método este último que permiten las nuevas tecnologías de información y comunicación (TIC), en particular Internet.
Como dijimos, en nuestro país no hay muchas leyes de acceso a la información pública, pero no todas las que debería haber. A nivel nacional no hay una norma general y a nivel del Poder Ejecutivo hay leyes parciales, como el decreto 1172. Y a su vez también tiene que ver con algo de la conducta argentina, ya que, en la medida en que no haya una voluntad cierta de aplicarla, también puede servir para nuevas trampas.
Hay que agregar que también existe, por ejemplo, Ley 25.831 de enero de 2004, que ha establecido el Régimen de Libre Acceso a la Información Pública Ambiental, norma esta que fue un particular avance en el tema.
Tampoco podemos olvidarnos los que dispone la Ley 12.908, el Estatuto del Periodista Profesional, que, en su artículo 13, dispone que el periodista tiene derecho al “acceso libre a toda fuente de información de interés público”.
Necesitamos educarnos en la transparencia.
No hay República sin publicidad, ni Democracia sin acceso a la verdad.
Por supuesto, no toda la información Estatal debe ser pública, porque tiene que fundarse en claras razones de Estado y la necesidad de defender los intereses estatales, pero muchas veces los gobiernos sobreactúan al respecto, con lógicas de secretos indebidos.
En la Capital Federal existe la Ley de Acceso a la Información Pública Nº 104, de 1998, técnicamente la mejor del país, pero no es de las más avanzadas, como las que existen, por ejemplo, en Méjico. Las primeras leyes en el tema son las de la Provincia de Río Negro de 1984 y la de Chubut de 1992. Pero en general de las 23 provincias solo 12 tienen Ley de Acceso a la Información pública y algunas son muy elementales, como la Ley 8803 de la Provincia de Córdoba. Hay municipios que la tienen, como Rosario, Pergamino, Campana, Ushuaia, pero hay una gran deuda.
También es importante que las normas de acceso a la información pública abarque a los tres poderes del Estado, como he dicho. Porque sería importante saber, por ejemplo, cuántos empleados tiene el Congreso de la Nación; cómo se distribuyen los subsidios o las pensiones, que pueden dar los legisladores sin control y a veces en detrimento de los propios beneficiados, que tienen que devolver a veces una parte, el día y la hora de las sesiones de comisiones, etc.
Hay que recordar que la corrupción siempre se ha ensañado con el dinero de los pobres. En  general es la que más se usa porque la otra está sujeta a más controles, como grandes licitaciones de obra o por el estilo. Esto no pasa solamente en Argentina. La Fundación Carter hizo un trabajo muy interesante en la India, que fue capacitar a sectores pobres y aislados, para que vean en qué lugar del  presupuesto está el dinero asignado a sus comunidades. Así encontraron, por ejemplo, un puente que había sido supuestamente realizado pero no existía. Es decir, se enseñó a hacer un control social de las partidas presupuestarias y esto está dando muy buen resultado.
En relación a la necesidad de contar con leyes de acceso a la información pública, hay algunas cuestiones a tener muy en cuenta: que se de una norma, que concentre de la manera más unificada posible la cantidad de previsiones necesarias respecto al acceso a la información pública, aplicable a la mayor cantidad de ámbitos gubernamentales; que prevea algún mecanismo para controlar que el Estado responda a los requerimientos de los ciudadanos y que, mejor aún, tenga la previsión de publicitar toda la información que pueda ser útil a la sociedad; que sea gratuita o, si hay un costo, que sea razonable; que suponga procedimientos ágiles, sencillos, no discriminatorios y que la respuesta se logre en plazos razonables; eventualmente mecanismos judiciales de tutela;  que prevea un tiempo de reserva de la información pública; la obligación de preservarla, que no se destruya;  que se separe la información pública reservada de la que no lo es.
Pero hace falta trabajar en una cultura de la transparencia.


Dr. Miguel Julio Rodríguez Villafañe





[1] En septiembre de 2006 Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 2 de la Capital Federal, dictó el procesamiento de Domingo Cavallo, Fernando de la Rua, Daniel Marx y otros en la causa 6.420/2001 (megacanje), por el delito de administración fraudulenta. El 06/11/2007 la Sala II de la Cámara de Apelaciones, voto de los Camaristas Horacio R. Cattani y Martín Irurzun, confirmó el procesamiento de Marx y Cavallo, y modificó el encuadre por el de negociaciones incompatibles con la función pública, por la "manipulación" en que habían incurrido en la selección de los bancos que intervinieron en el “megacanje”.
[2] Tal fue el caso de Henry Paulson, que era socio y secretario general de Goldman Sachs y pasó a ser Secretario del Tesoro, en la administración del presidente George W. Bush, el 30 de mayo de 2006.
[3] Se puede profundizar el tema en RODRÍGUEZ VILLAFAÑE, Miguel Julio, “El acceso a la Información Pública: Derecho y normatividad adecuada”, en el libro “Retos y perspectivas de la Comunicación en el marco de la Reforma del Estado”, págs. 21/42, publicado por el Senado de la República de Méjico y la Fundación Konrad Adenauer Stiftung, (K.A.S.), México, DF, 2005.

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